STSJ Juzgado Social Competente en casos de teletrabajo

STSJ Juzgado Social Competente en casos de teletrabajo

STSJ Cataluña de 2 de febrero de 2023, Rec. 4863/2022, ECLI:ES:TSJCAT:2023:855: En los supuestos de Teletrabajo o trabajo a distancia, ¿Cuál es el Juzgado Social Competente?

 

Cuestión Planteada

En los supuestos de Teletrabajo o trabajo a distancia, ¿Cuál es el Juzgado Social Competente?

 

Criterio del TSJ

El Art. 10 de la LRJS establece que será juzgado competente el del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado, a elección del demandante. Pero cuando se trata de trabajo on-line resulta difícil conocer cuál es el sitio de prestación de los servicios, ya que la web permite trabajar prácticamente desde cualquier punto del territorio.

 

Conclusión

Si la relación entre las partes es de teletrabajo, y una parte del mismo se realiza de forma presencial, el sitio donde se realice este último determinará la competencia territorial del órgano jurisdiccional competente, y en los casos en que la totalidad de la prestación de servicios sea de teletrabajo, deberemos estar al contrato suscrito entre las partes.