SAN núm. 80/2023 de 19 de junio de 2023

SAN núm. 80/2023 de 19 de junio de 2023

Cuestión Planteada

Se plantea si los trabajadores que se encuentren en IT pueden ser excluidos del cobro de un bonus vinculado a un porcentaje de absentismo.

Criterio del AN

Los planes de incentivos establecidos por la empresa tienen como único propósito la consecución de determinados objetivos de venta, en los que el absentismo, se configura como una barrera para no percibirlo en caso de que se sobrepasen los porcentajes de inasistencia al trabajo.

Se debe tener en cuenta la Ley 15/2022 integral de igualdad en las que se establece la prohibición de discriminación por cuestión de IT, por ello, los trabajadores que no perciben el incentivo por el hecho de no estar de IT están siendo discriminados al dispensárseles un trato desigual y menos favorable que a los trabajadores que no hubieran causado períodos de IT en el tramo temporal de referencia.

Conclusión

La medida empresarial debe declararse nula en aplicación de la Ley 15/2022, por cuanto un incentivo no puede vincularse a no estar en situación de IT. H13PN8NO

Comenta la publicación