STSJ de Castilla León/Valladolid de 20 de mayo de 2024 (Rec. 1001/2024), ECLI:ES:TSJCL:2024:1853:
Supuesto
¿Puede la empresa retractarse de un despido con efectos posteriores a la fecha de notificación? ¿Puede hacerlo si el trabajador ya ha interpuesto la papeleta de conciliación?
Criterio del TSJ
Se trata de determinar si la retractación de la empresa es correcta antes de que se produzca la efectividad de la extinción contractual durante el plazo de preaviso, es decir, mientras la relación se encuentra vigente y el trabajador continúa prestando servicios.
El TSJ entiende que la retractación antes de que el despido sea efectivo es válida y produce como efecto principal que el contrato no llegue a extinguirse.
Y el mismo efecto se produce aunque el trabajador haya interpuesto la papeleta de conciliación, pues la relación está vigente, y habría una falta de acción, al no existir un despido.