¿Es motivo de despido subir vídeos en TikTok utilizando un lenguaje desafortunado y con el uniforme de la empresa?

¿Es motivo de despido subir vídeos en TikTok utilizando un lenguaje desafortunado y con el uniforme de la empresa?

STSJ de Cataluña de 4 de julio de 2024, (Rec. 2053/2024), ECLI:ES:TSJCAT:2024:4713

Supuesto

Trabajador que comete una serie de errores en la carga de contenedores, desobedeciendo las instrucciones de la empresa. Además, sube unos vídeos en TikTok con el uniforme de la empresa utilizando un lenguaje soez y desafortunado.

Criterio del TSJ

El TSJ entiende que al ser enmendados los errores en la carga de los contenedores, no queda acreditada la existencia de un perjuicio notorio. A parte no se acredita una actuación desleal o de mala fe, sino que se trata de un error puntual.
En lo que se refiere a los vídeos de TikTok, el trabajador se graba en el centro de trabajo, con el uniforme de trabajo, utiliza un lenguaje soez, pero no se acredita la fecha en que estos fueron realizados ni que fueran grabados en horario laboral del trabajador y sin permiso de la empresa.

Conclusión

El TSJ entiende que se trata de vídeos jocosos que si bien pueden disgustar a la empresa, no consta que hayan perjudicado la imagen de la misma, puesto que en la mayoría aparece una imagen distorsionada y con filtros pudiendo enmarcarse la conducta del trabajador dentro de la libertad de expresión.

El despido se declara improcedente.