SAN de 24 de julio de 2024, (Rec. 157/2024), ECLI:ES:AN:2024:4220
Supuesto
Existe un permiso en el art. 37.3.b) ET de 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de las personas que se identifican en dicho precepto.
Este permiso se puede extender, en caso que no se hayan consumido los 5 días, a los supuestos en que sea necesario el reposo domiciliario.
Criterio de la AN
Normalmente el alta hospitalaria no va acompañada el alta médica ni siquiera en los casos de cirugía menor, habitualmente y por recomendación facultativa (expresada o no documentalmente) se requiere un periodo de reposo domiciliario, que constituye causa independiente del permiso retribuido, pero relacionado directamente con la intervención quirúrgica y la necesidad que el familiar repose en casa, de ahí que sea necesario que el paciente cuente con la atención de terceros.
El alta hospitalaria no determina la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares. El ET prevé expresamente un permiso de 5 días para los casos de ” hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario”.
De ahí que sean equiparables los conceptos de asistencia continuada y reposo domiciliario a los efectos de disfrutar del correspondiente permiso (STS 12-7-18).
Ha de entenderse que en estos casos cuando se precise reposo domiciliario tras el alta hospitalaria y no se han agotado los 5 días y se haya prescrito reposo domiciliario al familiar o persona conviviente el trabajador tiene derecho al disfrute de esos cinco días.
Conclusión
El alta hospitalaria en si misma no supone la terminación del permiso retribuido por hospitalización mientras el causante se mantenga en situación reposo domiciliario prescrito.