Consecuencias legales de pagar sueldos por debajo del Salario Mínimo

Consecuencias legales de pagar sueldos por debajo del Salario Mínimo

¿Qué consecuencias legales tiene para un autónomo pagar a sus empleados por debajo del Salario Mínimo?
Los autónomos o negocios que estén pagando algún salario por debajo del mínimo que establece la ley pueden enfrentarse un recargo del 35% en las cuotas no abonadas a la Seguridad Social y a multas de hasta 7.500 euros por trabajador.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se ha elevado cinco veces en cinco años, alcanzando los 1080 euros brutos en 14 pagas el pasado mes de febrero. Los autónomos no que no cuenten con la ayuda de un gestor, graduado social o abogado han podido olvidar actualizar el SMI a sus empleados o, peor aún, decidir retribuir a sus trabajadores por debajo de ese límite. Se trataría de un grave error, aseguraron los expertos, que pueden suponer un recargo del 35% en cada nomina y también una multa que pude oscilar entre oscilar entre los 751 y 7.500 euros.

La última subida del SMI tiene carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero, y supone que los autónomos con empleados paguen 1.618,32 euros más al año en concepto de costes laborales por cada asalariado con el sueldo mínimo. “Por cada nómina no actualizada el autónomo deberá abonar tanto la diferencia de sueldo como las cotizaciones que no haya pagado a su empleado a la Seguridad Social”, afirmó Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons. El experto aseguró que el pago indebido de salarios es uno de los principales objetos de inspección en un negocio.

Tanto Barcons como Alberto Ara, abogado laboralista, coinciden en que es muy difícil que se produzca este hecho si un autónomo cuenta con la ayuda de un gestor o si transfiere las nóminas de sus empleados por el sistema de la Seguridad Social. Sin embargo, “si cometen la pillería o el descuido de pagar menos que lo marca el SMI pueden enfrentarse a una sanción grave”, añadieron los expertos.

“Imaginemos que un autónomo paga una nómina de 1.000 euros en vez de los 1.080 euros que corresponden por la actualización del SMI. En este caso, si una inspección de trabajo se da cuenta o la Tesorería, se le liquidaría una cuota entre la diferencia del SMI al salario que pago al trabajador, los correspondientes recargos a la Seguridad Social y una multa administrativa”, señaló Ara.

Si por ejemplo un autónomo está pagando a un trabajador a jornada completa 500 euros – dado que el SMI de 1.080 euros es para aquellos trabajadores a tiempo completo – “deberá pagar al trabajador los 580 euros que le debe al empleado más el 35% a la Seguridad Social”, especificaron los expertos.

Sin embargo, a la hora de aplicar los recargos hay dos diferencias. En el caso de que la Tesorería o una inspección de trabajo descubran el posible fraude “el salario de un trabajador tiene una prescripción de un año”, comento Ara. “Esto quiere decir que, si el trabajador por cuenta propia ha pagado indebidamente durante dos años a un trabajador, sólo tendrá que compensar las nóminas no actualizadas al SMI del último ejercicio”, concretó el abogado laboralista. Por el contrario, este fraude las cotizaciones no abonadas a la Tesorería de los empleados tiene un plazo de prescripción de cuatro años.

En resumen, si un negocio está aplicando incorrectamente las subidas del SMI tendrá que pagar: la diferencia del salario no abonado al trabajador, las cotizaciones a la Seguridad Social el 10% de demora al trabajador; el recargo 35% a la Seguridad Social y la multa que considere le inspector de trabajo correspondiente a la gravedad de los hechos que puede ser de hasta 7.500 euros.

Más de 1,8 millones de trabajadores cobran el SMI

Si bien no hay un registro oficial, el Ministerio de Trabajo y Economía Social calcula que en España entre el 10% y el 12% de los asalariados cobra el SMI. Esto se traduce en unos 1,8 millones de personas, muchas de las cuáles pueden estar contratadas por pequeños negocios y autónomos. El presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, Ricardo Gabaldón, explicó anteriormente a este medio que se pueden identificar claramente dos formas de actuar de los negocios con la subida del SMI.

Según dijo, “por un lado están los autónomos y negocios que cuentan con la ayuda de un graduado social, un abogado, un gestor o cualquier tipo de profesional. Estos asumen la subida, a nivel burocrático, casi sin esfuerzo porque somos nosotros quien nos encargamos de realizar las nóminas. Nos hacemos, por tanto, cargo de aplicar la subida y calcular el incremento proporcional en las cotizaciones sociales que pagan los empleadores”.

Gabaldón explicó que “no abonar el SMI a 1.080 euros supondría estar cometiendo un perjuicio contra el trabajador que esta tipificado como una infracción grave de hasta 7.500 euros. Si bien, me parece un importe muy alto y sólo se aplicaría esa multa tan alta en los casos más graves” apuntó.

Existen buzones anónimos de denuncia

El presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales, Ricardo Gabaldón, alertó a los autónomos y empleadores sobre el buzón de denuncias anónimas que tiene disponible la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Éstos permiten que los empleados puedan poner sobre aviso al organismo inspector del Ministerio de Trabajo sobre cualquier infracción que se pueda estar cometiendo en un negocio.

“Los empleados son conscientes de la subida y pueden denunciar que no se ha producido en sus nóminas a través del buzón de denuncia de la Inspección. También pueden acudir con la vía legal y acudir a un profesional jurista que defienda sus intereses y derechos” comentó Gabaldón.

Precisamente, la inspectora de trabajo y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (STSS), Ana Ercoreca, explicaba a este diario que uno de los motivos más frecuentes que se suelen encontrar los inspectores es con “fraudes en los salarios y en la jornada.

El Salario Mínimo Interprofesional ha crecido un 47%

Desde los 735,9 euros mensuales de 2018 a los 1.080 euros de 2023, el Salario Mínimo Interprofesional ha crecido en España cinco veces, o lo que es lo mismo, un 46,76%, en los últimos cinco años que lleva Pedro Sánchez en el Gobierno desde la moción de censura a Mariano Rajoy. Se trata de un alza de 344 euros mensuales, que el Gobierno asegura tener como objetivo para acercarse a uno de sus compromisos de legislatura: que el SMI sea equivalente al 60% del salario medio en España (2.086,80 euros al mes).

Sin embargo, las cinco subidas del SMI aprobadas durante los últimos cinco años (una antes de las últimas elecciones y otras cuatro durante la actual legislatura) también han sido una carga añadida para miles de autónomos con empleados, muchos de los cuales tienen pocos asalariados a su cargo y no cuentan con el músculo financiero necesario para hacer frente a los costes salariales derivados del aumento del salario mínimo.

 

Artículo de Álvaro Pérez-Alberca con la colaboración de Jaume J. Barcons en Autónomos y Emprendedores.

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