STS de 7 de septiembre de 2022 vulneración del derecho al reingreso del trabajador si empresa no cubre vacante

STS de 7 de septiembre de 2022 vulneración del derecho al reingreso del trabajador si empresa no cubre vacante

STS de 7 de septiembre de 2022, Rcud. 3313/2019 ECLI:ES:TS:2022:3353: Se plantea si el hecho que una empresa no convoque un proceso de cobertura de la vacante que ocupaba el trabajador excedente de acuerdo al convenio, pero realiza contrataciones temporales: ¿Estamos ante una vulneración del derecho al reingreso del trabajador?

Cuestión Planteada

El hecho que una empresa no convoque un proceso, de acuerdo a lo pactado en el convenio colectivo, para la cobertura de la plaza que ocupaban los excedentes, pero realice contrataciones temporales, ¿Supone una vulneración del derecho al reingreso?

Criterio del TS

En el presente asunto, el actor solicitó el reingreso de la excedencia voluntaria en numerosas ocasiones, si bien, la empresa respondía que la provisión de plazas vacantes o de nueva creación, debía ajustarse al orden de prelación y a la convocatoria de un concurso, de acuerdo a lo previsto en el Convenio Colectivo de aplicación, y sólo en tal caso se cubrirían las plazas con personas en situación de excedencia. No obstante, la empresa contrató a personal de carácter temporal.
En el presente caso, la empresa no puso los medios para el cumplimiento de la obligación de hacer, por lo que el demandante tiene derecho a ejercer su derecho al reingreso preferente, ya que de no hacerlo así se incumpliría lo dispuesto en el art. 82.3 ET y el art. 1256 CC en la medida que estaríamos dejando al arbitrio de una de las partes el cumplimiento de un convenio colectivo.

Conclusión

El excedente solicitó durante 7 años su derecho a reingreso preferente, si bien, la empresa no convocaba el concurso para cubrir la plaza, pero si contrataba personal por medio de contratos temporales, por lo que estamos ante un fraude de ley, y ante un incumplimiento de los dispuestos en el art. 1256 CC y 82.3) ET.

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