Algunas infracciones de los autónomos que el robot de Trabajo sancionará automáticamente a partir de enero

Algunas infracciones de los autónomos que el robot de Trabajo sancionará automáticamente a partir de enero

A partir de enero, entrará en vigor una nueva ley que permitirá que la Inspección de Trabajo imponga sanciones ‘automatizadas’ a los autónomos en algunos casos “objetivos”. Los expertos explican cuáles podrían ser estas infracciones.

Faltan menos de dos meses para que entre en vigor lo que podría ser un profundo cambio en el procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Como ya avanzó este diario, desde principios de este año, el Ministerio de Trabajo comunicó que planeaba no sólo usar el Big Data y la inteligencia artificial para atajar el fraude a la Tesorería, sino también utilizar estas máquinas para “automatizar” el proceso sancionador. Dicho de otro modo, y aunque suene descabellado, podría acabar dándose la circunstancia de que fuera un robot y no un inspector el que impusiera una determinada sanción a un autónomo por saltarse la Ley en el ámbito laboral.

Así lo plasmó Trabajo en un proyecto legislativo que, finalmente se trasladó al Real Decreto-Ley 688/2021, por el que se modifica el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. Dentro de esta ley hay un apartado específicamente dedicado a la puesta en marcha de sanciones automatizadas, como las que impone la Dirección General de Tráfico, en algunos supuestos de fraude laboral y a la Tesorería y que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2022.

Así pues, con la entrada del nuevo año, cualquier autónomo podría recibir una multa tramitada e impuesta íntegramente a través de un ordenador, sin supervisión directa de un inspector, por ejemplo, por haber ingresado tarde las cotizaciones de sus trabajadores a la Seguridad Social, por estar compatibilizando alguna prestación de forma indebida, o por algún tipo de fraude en el que no haya lugar a interpretaciones, según los expertos. Concretamente, la ley dice que desde enero de 2022, “el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá generar a través de su sistema de información, mediante actuaciones administrativas automatizadas, las actas de infracción que resulten pertinentes en virtud de los datos, antecedentes e informes que obren en dicho sistema, así como en las bases de datos de las entidades que le prestan su auxilio y colaboración”.

Fuentes oficiales ya avanzaron a principios de año a este diario que, aunque no se hayan concretado todavía los supuestos en los que cabría este procedimiento, “la mayoría de las actuaciones de la inspección necesitan ser supervisadas por un inspector. No se puede actuar en casi ningún caso sin la interpretación del funcionario. Sin embargo, hay unas pocas situaciones en las que sí se puede automatizar el proceso“. Las mismas fuentes insisten en compararlo a las multas de tráfico: “hay robots que miden la velocidad y mandan automáticamente la sanción cuando se detecta que un usuario ha excedido el límite permitido, pero son actuaciones puntuales. Sea como sea, las nuevas tecnologías se utilizarán siempre para sumar, no para restar ni sustituir”.

Supuestos en los que un robot de Trabajo podría sancionar a los autónomos

De momento, lo único cierto es que, a falta de un mes y medio para que entre en vigor este cambio, el Real Decreto-ley 688/2021, en su capítulo IX ” procedimiento sancionador promovido por actuación administrativa automatizada en el ámbito de la Administración General del Estado”, deja completamente abiertos los casos en los que se podría proceder a este tipo de multas automatizadas.

La norma sólo señala en este sentido que deberán “establecerse previamente y mediante resolución del Director del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que será publicada en sede electrónica, la determinación de los supuestos en los que se hará uso de dicha actuación”.

A expensas de que se clarifiquen estos supuestos, diferentes fuentes oficiales, expertos laboralista e inspectores de Trabajo coinciden en que estas actuaciones sólo cabrían en unas -muy pocas- infracciones cuya determinación sea objetiva y en las que no sea tan necesaria la interpretación de los funcionarios. Las fuentes oficiales apuntaron, por ejemplo, a casos como no tener activo el registro de jornada. Cabe recordar que no contar con esta información supone una multa de, como mínimo, 750 euros.

Incumplir plazos de pago, de alta o compatibilizar indebidamente prestaciones

Por su lado, Ana Ercoreca, inspectora de Trabajo y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS) explicó que “este procedimiento quizás vaya enfocado a infracciones relacionadas con los plazos. Por ejemplo, que a un autónomo se le haya pasado la fecha límite para hacer el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social”.

Éste supuesto estaría tipificado en el artículo 22.3 de la Ley Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Concretamente, no ingresar, en la forma y plazos reglamentarios, las cuotas correspondientes que por todos los conceptos recauda la Tesorería General de la Seguridad Social o no efectuar el ingreso en la cuantía debida, habiendo presentado los documentos de cotización, supone una multa del 50 al 65 % del importe de las cuotas no ingresadas, así como intereses, recargos y costas.  

Así mismo, también habría casos en los que estos ‘bots’ pudieran detectar y sancionar el incumplimiento de futuras obligaciones respecto a contratos indefinidos y temporales. Por ejemplo, la última propuesta del Gobierno que avanzó este diario y que pretende limitar a un 15% el número de trabajadores temporales en cada empresa.

También -apuntan otros expertos- podría darse el caso de que el cruce de datos entre Hacienda y Seguridad Social aflore supuestos en los que el trabajador por cuenta propia haya facturado, superando un mínimo de ingresos, pero sin embargo no esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Tanto en este caso, como e n el supuesto de asalariados cuya alta o baja no se haya comunicado, podría proceder una sanción automatizada.

En todo caso, por más puntuales que sean esas infracciones en las que podría entrar a actuar un robot en vez de un inspector, desde el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social alertan del peligro que puede conllevar la automatización de este proceso, que podría acabar en una pérdida de garantías para los autónomos, al recibir sanciones que aunque puedan recurrir más adelante, les supondría unos costes añadidos.

Lo mismo opinan diferentes abogados laboralistas consultados. “El 99% de las infracciones que puede cometer un autónomo en cotizaciones, prestaciones, contratos o cualquier otra materia laboral están sujetas a interpretación. Hay un porcentaje muy residual de casos como sería, por ejemplo, que un autónomo esté percibiendo una subvención para la conciliación familiar y la máquina detecte que no ha dado de alta a un empleado que le sustituya, como pediría la Ley. Pero los casos más claros los veo en el incumplimiento de los plazos de ingreso y/o de presentación del modelo de cotizaciones”, explicó Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons.

Más allá del debate ético que puede generar el uso de bots para determinadas actuaciones inspectoras, para el abogado laboralista, “puede traer consecuencias no deseables. Un ordenador puede detectar cientos de incumplimientos que, a priori, son objetivos, pero la tarea del inspector diría que es insustituible en casi todos los casos. Es imposible verificar si hay fraude en un ERTE a través de una máquina, por más que un bot analice los datos de afectación y desafectación. Ahora bien, lo que sí se puede hacer es, con los datos que te da la máquina, que un inspector compruebe presenciándose en el negocio si el empleador tiene a empleados trabajando que deberían estar en ERTE“, añadió el abogado laboralista.

Los inspectores advierten que los autónomos se podrían ver perjudicados

A pesar de que la Dirección General de Tráfico lleva años utilizando las máquinas para emitir sanciones automáticas en algunos supuestos de infracción, desde el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITTS) dudan que sea tan sencillo de extrapolar este mecanismo al ámbito laboral.

El problema es que habría decenas de situaciones que las máquinas son  incapaces de distinguir. Sin ir más lejos, que una empresa esté en situación concursal. Éstas están exoneradas de cotización, pero la máquina no sabe que han entrado en una situación concursal y podría abrir directamente el acta de liquidación de cuotas.

Y, según  Ana Ercoreca, presidenta del SITS, precisamente serían los autónomos y pequeños negocios los más perjudicados por el uso de bots para la imposición de sanciones. Según explicó Ercoreca, las grandes empresas suelen tener una infraestructura y capacidad económica para hacer frente a sus procedimientos administrativos, mientras que los pequeños negocios no cuentan con esta ventaja. “Asumen muchas veces las obligaciones de manera personal, lo que implica que cometan fallos. Estamos hablando, por ejemplo, de autónomos que tienen un empleado y cuya relación con la Tesorería no se puede comparar al control que lleva a cabo una gran empresa” apuntó Ercoreca.

Al asumir personalmente sus obligaciones con la Tesorería, los autónomos tendrían también más probabilidades de cometer fallos o pasarse en el plazo. Aspectos que serían fácilmente detectados por el bot y que se podrían sancionar directamente.

Por ello, y a falta de que se concreten los supuestos en los que se podrían llevar a cabo estas sanciones automatizadas, desde el SITS proponen un sistema parecido al que utiliza ahora mismo la Agencia Tributaria: : “se usa la tecnología para hacer un cruce de datos entre lo que se ha informado a través de las declaraciones de RENTA, IVA, sociedades, etc. En base a esos datos, actúa la inspección, realizan una paralela para verificar la información. Pero en ningún momento te obligan a pagar directamente”, apuntó la presidenta del sindicato.

 

Artículo de Daniel Ghamlouche en Autónomos y Emprendedor.es con la colaboración de Jaume J. Barcons.