Despido de un trabajador que se negó a prolongar su jornada de 12 horas. ¿Es nulo por represalia?

Despido de un trabajador que se negó a prolongar su jornada de 12 horas. ¿Es nulo por represalia?

STS de 20 de diciembre de 2024, Rec. 533/2024 (ECLI:ES:TS:2024:6277)

Supuesto

Trabajador despedido que, durante el expediente previo, reconoce los hechos. Pero en su defensa, manifiesta que el día en cuestión realizó una jornada de 12 horas y que en caso que hubiera cumplido con la orden de la empresa, hubiera extendido la jornada 2 horas más.
Constan quejas relativas a la jornada y e-mails ante la ITSS.
El Juzgado de instancia y el TSJ entienden que se trata de un despido pluricausal, que aun y ser improcedente, se logra demostrar por la empresa que el motivo del mismo obedece a incumplimientos laborales, existiendo una justificación objetiva y razonable que permite excluir la vulneración de derechos fundamentales o móviles discriminatorios.

Resolución del TS

Se trata de un despido nulo por vulneración de la garantía de indemnidad, sin que exista una desconexión temporal y material respecto al móvil discriminatorio. Se hace referencia a la Ley Org. 5/2024 de Derecho Defensa, que en su D.Ad.3ª, indicando que las personas trabajadoras tienen derecho a la indemnidad frente a las consecuencias desfavorables que pudieran sufrir por la realización de cualquier actuación efectuada ante la empresa o ante una actuación administrativa o judicial destinada a la reclamación de sus derechos laborales, ya sea realizada por ellas mimas o sus representantes legales.
En el presente caso la empresa no ha conseguido probar que existe una represalia, no solo por cuanto la orden es ilegal, por atentar contra el derecho a la salud y seguridad del trabajador (realizar 14 horas), sino por cuanto había reclamado en varias ocasiones ajustar su jornada a los límites que marca la normativa1.

Despido Nulo + 6.000 € de indemnización de daños y perjuicios.


1En este sentido (STS 917/2022 de 15 de noviembre, STC 55/2004 de 19 de abril, STC 6/2011 de 14 de febrero, STC 183/2015 de 10 de septiembre.