Baja por IT y despido durante el periodo de prueba

Baja por IT y despido durante el periodo de prueba

STSJ de Baleares de 23 de enero de 2025, (Rec. 483/2024) ECLI:ESS:TSJBAL:2025:21.

Supuesto

Trabajador contratado el día 12 de junio de 2023. Es baja por IT del 16 de junio al 21 de junio de 2023, por dolor en la rodilla inespecífico.
El 20 de junio, la empresa comunica, con efectos 21 de junio de 2023, la no superación del periodo de prueba.
La empresa alega que tenía la necesidad de contratar a otro trabajador para cubrir la baja médica.

Criterio del TSJ

Existen indicios de discriminación por razón de enfermedad de acuerdo a la Ley 15/2022, y ello, dado el escaso tiempo transcurrido desde la contratación, la situación de IT y el desistimiento empresarial.
Tener que cubrir una situación de baja médica de un trabajador, no es una causa de extinción contemplada en el art. 49 ET, sino una causa de suspensión del art. 45.1) ET.
El propio contrato estableció que las situaciones de IT interrumpían el cómputo del período de prueba, y una vez reanudado su cómputo, la empresa no ha aportado justificación objetiva y razonable, suficientemente probada de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad, ya que la empresa debía explicar lo que ocurrió en los escasos 4 días de prestación de servicios para evidenciar que esta no era satisfactoria y que la causa del desistimiento era esa y no la baja por IT.

Despido Nulo.