STS de 2 de octubre de 2020 Despido nulo

STS de 2 de octubre de 2020 Despido nulo

STS de 02/10/2020 Rcud 4443/2017 ECLI:ES:TS:2020:3254: Despido nulo aún y haberse solicitado la improcedencia en el suplico de la demanda por tratarse de una reducción de jornada por cuidado de un menor.

Cuestión planteada.

Se despide con carácter objetivo por causas organizativas a una trabajadora que se encuentra en reducción de jornada por cuidado de un menor. En la demanda la trabajadora únicamente solicita que se declare la improcedencia del despido. El Juzgado Social y el TSJ, declaran la improcedencia del despido.
¿Es correcta la declaración de improcedencia?

 

Criterio del TS

Según el TS no puede sostenerse que en la demanda de la trabajadora no se hubiera solicitado la nulidad del despido. La demanda forma un conjunto unitario, sin que sea posible dividirla o separarla en diferentes partes incomunicadas entre sí, como si se tratara de distintos compartimentos estancos. En el cuerpo de la demanda queda claro que la trabajadora se encontraba en reducción de jornada por cuidado de un menor, y ello implica la nulidad del despido, por ello, es esta la pretensión que se ejercita en esa demanda, aunque al redactarse el suplico, solo se hubiera pedido la improcedencia por un simple “lapsus calami”.
El despido debe ser declarado nulo.