STS de 15 de septiembre de 2020 despido procedente. Uso de geolocalización

STS de 15 de septiembre de 2020 despido procedente. Uso de geolocalización

STS de 15 de septiembre de 2020 (ECLI:ES:TS:2020:3017) despido procedente. Uso de geolocalización. La trabajadora usaba el coche de empresa para fines particulares.

 

Cuestión planteada

La presente sentencia plantea la posibilidad de utilizar la geolocalización fuera del horario laboral como prueba en un despido. En el presente asunto, la trabajadora utilizaba el vehículo de la empresa para fines particulares.
El TS declara que el despido es procedente y que la prueba obtenida es válida.

 

Criterio del TS

Los datos obtenidos con el GPS se refieren a la ubicación permanente del vehículo, sin que permita captar circunstancia alguna de sus ocupantes.
El vehículo, en este caso, estaba única y exclusivamente asignado a la jornada laboral.
La finalidad del GPS es garantizar la seguridad y la coordinación del trabajo.
Se constató, a través del GPS, que la trabajadora utilizó para fines particulares el vehículo, incumpliendo las instrucciones empresariales, pues durante la situación de baja médica, el GPS debería haber reflejado la inmovilización del vehículo.
La decisión empresarial de despedir se adopta por constatar señales de movimiento en tiempos no justificados.
La trabajadora es responsable del vehículo durante la jornada laboral, que es únicamente cuando debía utilizarlo.
No se puede pretender que la empresa no utilice los datos del GPS fuera de la jornada laboral y con ello permitir que se contravenga la instrucción inicial, y permitir el uso del vehículo fuera de los tiempos de trabajo. Ello situaría a la empresa en una posición de oscuridad respecto de los riesgos que pudiera tener que asumir por la circulación del vehículo fuera de su ámbito de decisión y control.
La trabajadora conocía que el vehículo no podía ser utilizado fuera de la jornada laboral y que el mismo estaba localizable a través del receptor de GPS.
No hay invasión a los derechos fundamentales si se constata que los datos de geolocalización permiten ver si el vehículo es utilizado desobedeciendo las instrucciones empresariales, es decir, en momentos en los que no existía prestación de servicios.