Ante las consultas que se nos están planteando estos días sobre la diferencia entre aplazamientos y moratorias, contenidas en el RDL 11/2020 en las cuotas de la Seguridad Social, de empresas y autónomos os procedemos a exponer lo siguiente:
1.- APLAZAMIENTOS:
a) EMPRESAS
Cuotas de marzo a ingresar en abril, plazo solicitud hasta el 10 de abril.
El aplazamiento NO incluye:
– La aportación de los trabajadores.
– Las cuotas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
Que se ingresará en el plazo establecido del Reglamento Recaudación tras la resolución TGSS y en caso de ser necesario presentar garantía o aval.
b) AUTÓNOMOS
Cuotas de abril a ingresar en abril, plazo solicitud hasta el 10 de abril.
2.- MORATORIAS:
a) EMPRESAS
Cuotas de abril a ingresar en mayo, plazo solicitud hasta el 10 de mayo.
Se puede solicitar todo el periodo de abril a junio.
b) AUTÓNOMOS
Cuotas de mayo a ingresar en mayo, plazo solicitud hasta el 10 de mayo.
Se puede solicitar todo el periodo de mayo a julio.
Esperando que les sea de utilidad, aprovecho para saludarles muy atentamente.
Blanes a 8 de abril de 2020.