Los autónomos ya están cobrando en su pensión 378 euros más por hijo con el nuevo complemento de maternidad

Los autónomos ya están cobrando en su pensión 378 euros más por hijo con el nuevo complemento de maternidad

Los autónomos, mujeres y hombres, ya están cobrando 378 euros más al año en su pensión gracias al nuevo complemento de maternidad. No obstante, los requisitos parecen estar impidiendo su acceso a muchos profesionales.

Los autónomos y autónomas ya están disfrutando de un incremento en sus pensiones gracias al nuevo complemento de maternidad, denominado ahora ‘complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género’. En concreto, desde el pasado mes de febrero, su prestación ha aumentado un total de 378 euros anuales por cada hijo. Según los últimos datos de Seguridad Social, en España ya hay casi 28.496 personas recibiendo este incremento en sus pensiones, de las cuales 27.553 son mujeres, y 943 son hombres. No obstante, si bien muchos trabajadores por cuenta propia llevan meses experimentando este aumento en sus pensiones, otros se quejan de los problemas que les pone la ley a la hora de acceder a este beneficio. Asimismo, también hay discrepancias entre los expertos en cuanto a cuándo debe comenzar a abonarse el complemento.

Desde finales del año pasado, y a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJE), que catalogó este complemento de discriminatorio para los hombres -sólo las mujeres podían acceder a él-, el Gobierno empezó a trabajar en una reforma de este suplemento para hacerlo más igualitario. Se trata de un plus que cobran las madres en sus pensiones contributivas por cada hijo que han tenido. Esta bonificación interesa a buena parte del colectivo de autónomos, ya que son los trabajadores por cuenta propia los que habitualmente tienen mayores lagunas de cotización, y además tienen que contratar a empleados que les sustituyan a causa del cuidado de los hijos.

Sin embargo, la reforma del complemento de maternidad pasó por la modificación del artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social, una nueva redacción que, según el graduado social del área laboral de AGM abogados, Rubén Mateu, “podría estar impidiendo a muchos autónomos acceder a este complemento por haber sido padres“. La clave de ello está en los requisitos de acceso que el Ejecutivo puso en vigor con el Real Decreto-ley 3/2021, que cambió la normativa.

 

Cómo se accede al nuevo complemento de maternidad

Antes de la modificación en febrero del artículo 60, se incrementaba un 5% la pensión para las mujeres que hubieran sido madres de dos hijos; un 10% para las mujeres que hubieran tenido tres hijos; y un 15% para las que hubieran tenido cuatro o más hijos. “Y se aplicaba lo equivalente a los hombres que lo reclamaban  a través de la vía judicial. Gracias a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo, ellos también podían tener acceso a entre un 5% y un 15% de incremento en su pensión de jubilación”, explicó Jaume Barcons, abogado laboralista de la Gestoría Barcons.

Pero con la reforma del Gobierno en febrero todo cambió. Si bien supuso la inclusión de los hombres y estableció un pago fijo anual de 378 euros por hijo (desde el primero), incluyó nuevos requisitos de acceso con los que “muchos profesionales no están pudiendo cumplir“, apuntó el graduado social. Concretamente, este experto se refiere a las condiciones señaladas para los hombres, que para beneficiarse de este incremento en sus pensiones tienen que, o bien tienen que ser viudos, o bien demostrar que tuvieron que interrumpir su cotización más de 120 días entre los nueve meses anteriores y los tres años posteriores al nacimiento o adopción del menor.

Según señaló Mateu, antes del Real Decreto, los hombres que se jubilaban podían acceder con más facilidad al complemento de maternidad acudiendo al fallo del TJE. Pero desde el día que entró en vigor la modificación del complemento ya no pueden alegar la decisión del Tribunal. “La reforma del complemento salió el 3 de febrero en el BOE y entra en vigor al día siguiente. Esto quiere decir que todos los hombres que quieran acceder al complemento tienen que cumplir los nuevos requisitos. El TSJ dice que el complemento de maternidad es discriminatorio en base a la antigua redacción del artículo. Por lo tanto si eres hombre, has tenido dos hijos y te jubilas en abril de 2021 debes cumplir los requisitos del actual complemento de pensiones, de lo contrario no podrás aludir a la decisión del Tribunal de Justicia Europeo para acceder al incremento de la pensión por haber tenido hijos”, explicó el graduado social. Una situación que está empezando a llegar e, incluso, a colapsar los tribunales.

 

Otra de las discrepancias es cuándo se cobra el complemento

Otra de las discrepancias que giran entorno al ahora denominado complemento brecha de género es en qué momento se empieza a abonar el incremento en la pensión. Según explica la Seguridad Social en su página web, el nuevo complemento de maternidad se requiere junto con la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). No obstante, no recoge cuando debe la Administración comenzar a pagar a los autónomos los 378 euros anuales por hijo que hayan tenido.

Algo que tampoco refleja el Real Decreto-ley 3/2021, lo que está generando muchas dudas tanto en el colectivo como en los expertos. La disyuntiva se encuentra en si la Administración debe abonarla cuantía en el momento en que el autónomo solicita su jubilación o cuando empieza a pagarle la pensión. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ya se ha posicionado sobre ello, estableciendo que ‘la fecha de efectos económicos del complemento de maternidad debe ser la del reconocimiento inicial de la pensión de jubilación’. Es decir, que “debe pagarse en el momento en que se empiece a pagar la prestación, ni antes ni después”, interpretó el abogado, Jaume Barcons.

Si bien este fallo no ha sentado jurisprudencia, el abogado señaló que sí se considera doctrina judicial, por lo que “los profesionales podrán a cogerse a ella en caso de que no se les incluya este incremento en el primer cobro de su pensión“.

 

Aumenta la pensión de los autónomos

Según el Ejecutivo, este nuevo complemento aumenta especialmente la pensión a los padres y madres trabajadores con rentas más bajas y con pocos hijos. En una pensión que apenas alcanza los 700 euros, para una madre con dos hijos -el número medio de hijos por mujer en España es de 1,31-, el anterior complemento hubiera subido 35 euros su pensión en cada una de las 14 pagas. Con el nuevo ‘plus’, este incremento sería de 760 euros al año, que por 14 pagas supondría un incremento de 54 euros más al mes.

Es decir, para la media de los trabajadores con dos hijos o menos, el nuevo complemento aumentaría en, como mínimo, 20 euros su pensión mensual, más de 260 euros al año, con respecto al anterior suplemento. Según los expertos, esto afectará especialmente al colectivo de autónomos, ya que son precisamente ellos los que registran las pensiones más bajas.

Concretamente, en 2020, la prestación media mensual de un trabajador por cuenta propia se situó en 777 euros y, por tanto, en la mayoría de los casos, el autónomo se vería más beneficiado por la cuantía fija que por el porcentaje aplicado. Esto, exceptuando algunos supuestos como los de familias con pensiones altas y con dos o más hijos que sí podrían percibir ahora complementos más bajos que los que les corresponderían con el cálculo anterior.

 

Artículo de Andrea González con la colaboración de Jaume Barcons en Autónomos y Emprendedor.es