¿Es válida la retractación de una baja voluntaria por una trabajadora con trastorno depresivo y con una firma visiblemente alterada?

¿Es válida la retractación de una baja voluntaria por una trabajadora con trastorno depresivo y con una firma visiblemente alterada?

STSJ de Galicia de 9 de Mayo de 2024 (Rec. 1120/2024) ECLI:ES:TSJGAL:2024:3339

Supuesto

Trabajadora que padece un cuadro depresivo reactivo ante la grave enfermedad de su nieto. La trabajadora, una vez recibe el alta médica, solicita los 53 días de vacaciones pendientes, que la empresa le deniega. Tras unos días prestando servicios acude a la oficina de la Residencia de Ancianos, donde manifiesta su voluntad de causar baja voluntaria. En el momento de la firma del documento, la trabajadora se encuentra visiblemente alterada (llanto, lágrimas, desasosiego, agonía), manifiesta que no puede seguir trabajando allí y se lamenta que la empresa no le hubiese concedido las vacaciones pendientes. El documento de baja voluntaria es firmado por 2 testigos y miembros del comité de empresa.

Criterio del TSJ

Se plantea si la empresa ha inducido a la trabajadora a firmar la baja voluntaria, discriminándola por razón de enfermedad, pudiendo haber firmado el documento de forma inconsciente. El TSJ entiende que no puede imputarse a la empresa una maniobra torticera para que la trabajadora firme su baja voluntaria, pues aún y estar alterada hay dos testigos (miembros del comité de empresa) ante los cuales la trabajadora manifiesta que no puede seguir trabajando allí. Además, la empresa advierte a la trabajadora que estaba pidiendo la baja voluntaria, lo que excluye el “dolo” en su actuación. La empresa lo único que hace es dejar constancia fehaciente mediante testigos de la voluntad manifestada por escrito de la trabajadora.

Conclusiones

No se constata ninguna situación inhabilitante para dar validez de tal petición de baja voluntaria y por lo tanto ni existe conducta patronal de vulneración de los derechos de la actora, ni decisión de la empresa de extinguir el contrato. Se trata de una baja voluntaria en toda regla.