Decreto Ley 36/2020 de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El BOE de 9 de diciembre ha publicado el RD Ley 36/2020 de 3 de noviembre por la que se convalidan las deducciones en el IRPF previstas para Cataluña publicadas en el DOGC de 5 de noviembre de 2020.
Deducción en Cataluña para el IRPF por tener más de 1 pagador
Con efectos del 1 de enero de 2020, los contribuyentes que hayan tenido más de un pagador por rendimientos del trabajo y resulten obligados a presentar la declaración de la renta de las personas físicas, se podrán aplicar una deducción en la cuota íntegra autonómica por el importe que resulte de restar de la cuota íntegra autonómica la cuota íntegra estatal, siempre que la diferencia sea positiva.
No se aplica a los contribuyentes que se hayan acogido al procedimiento espacial del art. 89.a) del Real Decreto 439/2007.