Según las informaciones facilitadas por los diferentes Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, les dejamos unas breves definiciones, que deberán adaptarse a cada caso concreto, si bien nos han remarcado que es fundamental:
- Ventilación de los espacios.
- Uso correcto y continuado de las mascarillas.
1.- Cuando se considera un brote.
Se considera que existe un brote en un centro de trabajo a partir de la existencia de un mínimo de 2 positivos.
Se deberá analizar si el contagio se produce en el propio centro de trabajo o proviene de contagios por contacto con personas externas al ámbito laboral.
2.- Que se considera contacto directo o estrecho.
Se trata de contactos con personas:
- Sin mascarilla.
- Mascarilla mal colocada (no cubre nariz y barbilla).
Y que el contacto sea de:
- 15 minutos en un período de 24 horas.
- Distancia inferior a 2 metros.
3.- Contactos a rastrear.
En caso de un COVID19 positivo, se deberá rastrear los contactos de esa persona en los 2 días anteriores a la sintomatología.
4.- Confinamientos / Cuarentena.
Los vacunados con la pauta completa de vacunación:
Pfizer / Moderna: 2º dosis y transcurso de 7 días.
Astrazeneca: 2ª dosis y transcurso de 14 días.
Janssen: única dosis y transcurso de 14 días.
No será necesario que se confinen si han estado en contacto estrecho o directo con un positivo, siempre y cuando no tengan síntomas.
- No vacunados.
En caso de contacto estrecho con un positivo, deberán confinarse y aislarse durante 10 días como mínimo para cumplir con la cuarentena.
5.- Centros de Trabajo y positivos.
Se recomienda ponerse en contacto con la Gestoría o el Servicio de Prevención Ajeno para coordinar y valorar la situación concreta y determinar si es necesaria la realización de pruebas de antígenos o PCR.